La Corte Constitucional de Colombia determinó que los acuerdos de cese al fuego entre el Gobierno y los grupos armados ilegales ya no podrán ser amparados bajo el Derecho Internacional Humanitario (DIH). Esta decisión obliga al Ejecutivo a someter estos pactos a la aprobación del Congreso o a decretos presidenciales, alterando el mecanismo de negociación dentro de la política de “Paz Total”.
El fallo responde a una demanda presentada por la Fundación para el Estado de Derecho (FEDe), la cual argumentó que estos acuerdos no pueden ser tratados como normas internacionales, pues no tienen superioridad sobre la Constitución colombiana.
Según Andrés Caro, director de FEDe, permitir que estos pactos se incluyeran en el DIH habría facilitado su implementación sin control institucional.
Gobierno deberá someter acuerdos de cese al fuego al Congreso tras fallo de la Corte
Con esta decisión, cualquier cese al fuego deberá contar con el aval del Congreso y la revisión de las altas cortes antes de su entrada en vigor. En consecuencia, el Presidente de la República y el Alto Comisionado para la Paz ya no podrán establecer estos acuerdos de manera unilateral.
Este revés jurídico plantea un desafío para el Gobierno de Gustavo Petro, que ahora deberá tramitar sus acuerdos dentro de los mecanismos legislativos, lo que podría ralentizar los diálogos con grupos armados como el ELN y las disidencias de las FARC.
No obstante, el fallo garantiza un mayor control institucional y evita que el Ejecutivo tome decisiones sin supervisión jurídica. Además, cualquier acuerdo vigente que no haya seguido el proceso adecuado podría ser cuestionado legalmente, obligando al Gobierno a revisar su estrategia de negociación.
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