No se podrá tomar licor en espacios públicos en Colombia durante todo agosto

Durante el mes de agosto no se podrá consumir licor en espacios públicos en Colombia, así lo decretó el gobierno nacional.

La medida quedó contemplada en el artículo 10 del Decreto 1076 de 2020 firmado por el presidente Iván Duque.

La nueva etapa de aislamiento empezará a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de agosto de 2020, hasta las cero horas (00:00) del día 1 de septiembre.

No se podrá consumir licor en las calles

“Ordenar a los alcaldes y gobernadores que en el marco de sus competencias constitucionales y legales prohíban, dentro de su circunscripción territorial, el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del 1 de agosto de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de septiembre de 2020. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes”, dice el decreto.

Sin necesidad de ley seca en algunas ciudades, se permitirá el expendio de bebidas embriagantes, pero estas tendrán que consumirse en los hogares, resaltando además que están prohibidas las fiestas clandestinas y las aglomeraciones.

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