En un paso decisivo para la reforma laboral propuesta por el Gobierno Nacional, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó 14 artículos del proyecto de ley que busca ajustar las condiciones laborales en Colombia, de los cuales siete corresponden a un nuevo bloque aprobado durante la sesión más reciente.
Entre los temas más destacados de este nuevo bloque se encuentra la regulación del trabajo en plataformas digitales de reparto. Esta iniciativa busca definir claramente las modalidades de empleo para los trabajadores que operan a través de estas plataformas, así como garantizar sus derechos en materia de seguridad social y riesgos laborales.
Reforma laboral: aprobados artículos sobre trabajo en plataformas digitales y seguridad social
El artículo 24 de la reforma establece que los trabajadores en plataformas digitales de reparto pueden tener la calidad de empleados dependientes, subordinados o autónomos, dependiendo de las condiciones de su vínculo contractual. Este enfoque busca dar claridad y definir las obligaciones tanto de los trabajadores como de las empresas.
El artículo 25, por su parte, regula las modalidades de trabajo en estas plataformas, ofreciendo protecciones específicas para los trabajadores en cualquiera de las dos condiciones: dependiente o independiente. Estas protecciones incluyen normas claras sobre la relación laboral, la remuneración y los derechos de los trabajadores.
Seguridad social y riesgos laborales
Un aspecto clave aprobado fue el artículo 27, que establece las responsabilidades de las empresas en cuanto al pago de seguridad social y la afiliación al sistema integral de riesgos laborales. Para los trabajadores dependientes y subordinados, las plataformas digitales estarán obligadas a realizar los pagos correspondientes en proporciones ajustadas a las normas vigentes. Además, se permitirá la cotización parcial, adaptándose así a la flexibilidad que muchas de estas modalidades laborales requieren.
Registro y transparencia en plataformas digitales
Otra medida relevante fue el artículo 26, que obliga a las plataformas digitales de reparto a crear mecanismos de identificación clara para los trabajadores. Esta medida busca asegurar que cada empleado cuente con un registro adecuado que detalle los términos de su relación laboral, respetando siempre el derecho a la privacidad.
El artículo 28 establece que todas las empresas de plataformas digitales deben inscribirse ante el Ministerio de Trabajo y presentar informes trimestrales sobre la cantidad de trabajadores activos, diferenciando entre aquellos que son subordinados y los que son independientes.
Supervisión y control de sistemas automatizados
Los artículos 29 y 30 abordan la creciente automatización en el manejo de trabajadores por parte de las plataformas. En ellos, se exige a las empresas de reparto informar a los trabajadores sobre el uso de sistemas automatizados para la toma de decisiones y garantizar una supervisión humana periódica para evaluar su impacto en las condiciones laborales.
Eliminación de artículo sobre indemnización por despido
Por otro lado, la plenaria decidió eliminar el artículo 8, que planteaba cambios en la indemnización por despido sin justa causa. Esto fue motivo de amplio debate, pero se determinó que no se continuaría con esa modificación en esta instancia de la reforma.
Con 14 artículos aprobados de los 79 que contempla el proyecto de ley, la reforma laboral avanza con paso firme en el Congreso, aunque aún faltan importantes discusiones en torno a los derechos de los trabajadores y las modalidades de empleo que están surgiendo en el mundo digital.
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