En una decisión por demás aplaudida por la comunidad motociclista, el Senado de la República aprobó un proyecto de ley que elimina la inmovilización de motocicletas en cinco infracciones de tránsito específicas.
Esta medida, que modifica el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, busca generar mayor equidad en el tratamiento de las sanciones y poner fin a la “trampa de pobreza” que afectaba a quienes se movilizan en ellas.
Las infracciones que ya no implicarán la inmovilización de la motocicleta son:
Transitar en sentido contrario.
No detenerse ante semáforos en rojo o amarillo.
Conducir sobre separadores o bermas.
Adelantar en lugares prohibidos.
Carecer de licencia de conducción.
La iniciativa, presentada por los senadores Alejandro Vega y Gustavo Moreno, fue aprobada en su último debate en la plenaria del Senado. Durante la discusión del proyecto, el senador Vega destacó que la inmovilización del vehículo generaba una doble penalización para los propietarios, quienes además de pagar la multa correspondiente por la infracción, debían asumir los costos del traslado y almacenamiento del automotor.
El Senado dice ¡no más! a la inmovilización de motos por estas infracciones de tránsito
“Con esta iniciativa, equipamos las infracciones tanto para motocicletas como para cualquier otro vehículo automotor en las cinco infracciones que generaban exclusivamente inmovilizaciones a los motociclistas”, afirmó el senador Vega.
El proyecto de ley ahora pasará a la etapa de conciliación antes de ser remitido para sanción presidencial. Se espera que la conciliación se lleve a cabo en los próximos días y que la ley sea sancionada por el presidente Gustavo Petro en las próximas semanas.
Esta nueva normativa representa un avance significativo para esta comunidad en Colombia. Se espera que contribuya a reducir la accidentalidad vial y a generar un trato más justo y equitativo para los conductores en las carreteras del país.
Cabe destacar que el proyecto de ley también incluye un artículo que establece que estos vehículos solo podrán ser inmovilizadas en dos casos específicos:
Cuando el conductor no porte el Soat.
Cuando el vehículo no tenga la revisión técnico-mecánica al día.
En estos casos, la inmovilización del vehículo se considerará como una medida de seguridad vial.
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